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Asesoramiento del Consejo GST no final: SC

Nueva Delhi: En un veredicto importante sobre el régimen del Impuesto sobre Bienes y Servicios (GST), la Corte Suprema dictaminó el jueves que las decisiones del Consejo del GST son solo de naturaleza recomendatoria y no vinculantes para el Centro y los estados, ya que el Parlamento y las legislaturas estatales poseen igualdad de poderes para legislar sobre el GST.

Encabezando un banco que también comprende a los jueces Surya Kant y Vikram Nath, el juez DY Chandrachud dijo que las recomendaciones del Consejo GST no son vinculantes para los gobiernos central y estatal porque la enmienda de la constitución de 2016 indica que el parlamento pretendía las recomendaciones del GST. Consejo sólo tiene valor persuasivo.

Por la enmienda de 2016 de la constitución, se eliminó el artículo 279B y se incorporó el artículo 279 (1) a la constitución.

Sosteniendo que las recomendaciones del Consejo GST no son vinculantes y son de naturaleza persuasiva, el juez Chandrachud, hablando por el tribunal, dijo: «La eliminación del artículo 279B y la inclusión del artículo 279 (1) por la Ley de Enmienda de la Constitución de 2016 indica que el parlamento pretendía que las recomendaciones del Consejo GST solo tuvieran un valor persuasivo, particularmente cuando se interpretan junto con el objetivo del régimen GST de fomentar el federalismo cooperativo y la armonía entre las unidades constituyentes».

Sosteniendo que ni el Artículo 279A comienza con una cláusula no obstante ni el Artículo 246A establece que está sujeto a las disposiciones del Artículo 279A, el tribunal dijo que el parlamento y las legislaturas estatales poseen «poder simultáneo para legislar sobre GST» y el Artículo 246A «no contempla una disposición de repugnancia» para resolver las «inconsistencias» entre las leyes centrales y estatales sobre GST.

Al profundizar en las razones por las que las recomendaciones del Consejo GST no son vinculantes para el Centro ni para los gobiernos estatales y que tanto el parlamento como las legislaturas estatales están facultados para legislar sobre GST, el tribunal superior en su sentencia dijo que las «recomendaciones» de GST son el producto de un diálogo colaborativo que involucra a la Unión y los estados. Son de naturaleza recomendatoria. Considerarlos como edictos vinculantes interrumpiría el federalismo fiscal donde tanto la Unión como los estados tienen el mismo poder para legislar sobre el GST».

Refiriéndose al federalismo cooperativo en materia fiscal, el tribunal dijo: «No es imperativo que una de las unidades federales siempre deba poseer una mayor participación en el poder para que las unidades federales tomen decisiones. El federalismo indio es un diálogo entre federalismo cooperativo y no cooperativo en el que las unidades federales tienen la libertad de utilizar diferentes medios de persuasión que van desde la colaboración hasta la impugnación».

Al establecer una excepción relacionada con el poder normativo del gobierno central en virtud de la Ley GST, el tribunal superior dijo: «El gobierno, mientras ejerce su poder normativo en virtud de las disposiciones de la Ley CGST y la Ley IGST, está obligado por las recomendaciones del Consejo del GST. Sin embargo, eso no significa que todas las recomendaciones del Consejo del GST hechas en virtud de la facultad del Artículo 279A (4) sean vinculantes para la facultad de la legislatura de promulgar leyes primarias».

En cuanto a los derechos de importación, el tribunal dijo que en una lectura conjunta de las Secciones 2(11) y 13(9) de la Ley IGST, leída con la Sección 2(93) de la Ley CGST, la importación de mercancías mediante un contrato CIF constituye un suministro «interestatal» que puede estar sujeto a IGST cuando el importador de tales bienes sería el destinatario del servicio de envío.

El tribunal dijo que la Ley IGST y la Ley CGST definen el cobro revertido y prescriben la entidad que debe ser gravada para estos fines.
El veredicto del tribunal superior se produjo en una apelación del Centro sobre la cuestión de la aplicación del GST por parte del gobierno de Gujarat a las importaciones, que fue confirmada por el tribunal superior estatal.

El Centro se había acercado al tribunal superior para impugnar la sentencia del 23 de enero de 2020 del Tribunal Superior de Gujarat. El tribunal superior había permitido una petición de M/s Mohit Minerals Pvt. Ltd impugnando la constitucionalidad de dos notificaciones del gobierno central. La manzana de la discordia era si un importador indio puede estar sujeto al gravamen del Impuesto Integrado sobre Bienes y Servicios sobre el componente del flete marítimo pagado por el vendedor extranjero a una línea naviera extranjera, sobre la base de un cargo revertido.

Al observar que la Sección 5(4) de la Ley IGST permite al gobierno central especificar una clase de personas registradas como destinatarios, confiriendo así el poder de crear una ficción de atribución a la legislación delegada, el tribunal superior dijo que “el gravamen impugnado impuso sobre el aspecto de ‘servicio’ de la transacción viola el principio de ‘suministro compuesto’ consagrado en la Sección 2(30) leído con la Sección 8 de la Ley CGST”.

Dijo además que dado que el “importador indio es responsable de pagar el IGST sobre el ‘suministro compuesto’, que comprende el suministro de bienes y el suministro de servicios de transporte, seguros, etc. en un contrato CIF, un gravamen separado sobre el importador indio por el ‘suministro de servicios’ por parte de la naviera estaría en violación de la Sección 8 de la Ley CGST”.

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