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Arraigo Laboral: ¿Qué es y cómo se solicita?

Existen diferentes maneras de residir de manera legal en España, y uno de los mecanismos más utilizados por extranjeros que vienen de países extracomunitarios es solicitando el arraigo laboral. Con este documento, los trabajadores extranjeros encuentran la oportunidad de establecerse en el país de manera legal, así que se ha convertido en uno de los más solicitados de la actualidad.

Para poder obtener el arraigo laboral, es indispensable cumplir con ciertos requisitos, presentar algunos documentos y esperar el tiempo establecido para el veredicto y la emisión del documento que le permitirá a los trabajadores estar legalmente en el país y trabajar con normalidad. Ahora, ¿Sabes quiénes son candidatos para el arraigo laboral? ¿Cuáles son los requisitos para procesar su solicitud? Pues la respuesta a estas preguntas y muchas otras te las dejaremos a continuación.

¿Qué es el arraigo laboral?

El arraigo laboral es un documento que sirve para otorgar una residencia temporal a personas extranjeras bajo condiciones específicas. Con este documento, quienes sean extranjeros podrán trabajar en cualquier parte de España de manera legal.

La emisión de este documento está sujeta a ciertos supuestos. Por ejemplo, el solicitante debe tener una nacionalidad que no esté incluida en los acuerdos de la Unión Europea. Además, tiene que haber vivido en España durante al menos 2 años antes de realizar la solicitud.

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Los anteriores no son los únicos requisitos exigidos, lo que busca la entidad que lo emite es asegurarse de que el solicitante es una persona segura, que su objetivo es trabajar y que es apta para residir en el país y cumplir las reglas.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el arraigo laboral?

Todos los solicitantes que quieran obtener el arraigo laboral deben cumplir con una serie de requisitos, como es el caso de:

Permanencia

Los solicitantes deben ser capaces de acreditar que han permanecido en España durante un mínimo de dos años antes de que se realice la solicitud. Los documentos que sirven como prueba son el comprobante de empadronamiento o los comprobantes de consultas, pagos de servicios o de sanidad pública.

Informe de Vida Laboral de Tesorería de Seguridad Social

El solicitante tiene que acreditar que ha mantenido relaciones laborales en España. Los trabajos previos deben ser legales, y con una duración no menor a los 6 meses. Además, la jornada laboral que tuvo que haber cumplido debe ser mínimo de 30 horas semanales.

Antecedentes penales

Los antecedentes penales tienen que estar vigentes y apostillados al momento de la presentación. Estos deben ser emitidos por el país de origen del solicitante, o del último país en el que vivió. Además, es indispensable no tener antecedentes penales en territorio español.

Nacionalidad

Las personas de todas las nacionalidades podrán solicitar el arraigo siempre que no sean ciudadanos de un país miembro de la UE, del Espacio Económico Europeo o Suiza. También se lleva la restricción si es familiar de una persona que sea ciudadana de algunos de los países en los que se aplique el régimen de la UE.

No figurar como rechazable

Si el solicitante tiene prohibida la entrada al país o no puede entrar a uno de los países en los que España tenga convenio, la solicitud no procederá.

Demostrar identidad

Cada solicitante debe presentar un documento de identidad vigente. También puede demostrar la identidad con un título de viaje o cédula de inscripción.

¿Qué documentos debo presentar para solicitar el arraigo laboral?

Si te has asegurado de que cumples con los requisitos anteriores, es momento de presentar la documentación para el trámite que debe ser:

  • Solicitud de modelo oficial (EX10) impreso y duplicado que esté cumplimentado y contenga la firma del solicitante.
  • Copia del pasaporte o título de viaje.
  •  Documento que acredite la permanencia continuada en el país.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Documento que acredite residencia o relación laboral.
  • Tasa de residencia laboral por circunstancias laborales que debe ser abonada luego de que se acepte la solicitud de trámite.
el entorno laboral de Cosentino

¿Dónde se presenta la solicitud de arraigo?

La presentación de la documentación para la solicitud de arraigo se puede hacer de dos maneras. La primera y tradicional es de forma presencial en una de las oficinas de extranjería que estén en la provincia en la que resides. Si lo haces de esta manera debes pedir una cita, y esperar para acudir con toda la documentación.

La segunda manera, y la más moderna, es hacerlo de forma telemática en la plataforma Mercurio. Esto lo puedes realizar con un certificado digital que requiere la posesión de un DNI o NIE. Aunque también se puede hacer con la colaboración de un representante que esté habilitado para esta labor.

¿Qué hago después de que aprueben el arraigo?

Si la documentación que has presentado ha sido correcta y cumples con los requisitos establecidos, se te otorgará el arraigo laboral. Pero espera, porque todo el trabajo aún no está hecho y tienes que presentar otras solicitudes:

Autorización de trabajo

Una vez tengas el arraigo tienes que conseguir la autorización de trabajo. Con el arraigo puedes permanecer de manera legal en el país, pero con la autorización de trabajo podrás buscar empleo y ser contratado o trabajar por cuenta propia.

Tarjeta de identidad de extranjero

El siguiente documento a solicitar es la tarjeta de identidad de extranjero. Ten en cuenta que tendrás un plazo de un mes luego de que se apruebe el arraigo para solicitarlo. Este documento se tramita en la oficina de extranjería o en una comisaría de policía.

Para emitir el documento es indispensable presentar tu pasaporte o el título de viaje. Asimismo, se hace el pago de la tasa y debes entregar una fotografía reciente y a color, el certificado de empadronamiento y la resolución de concesión de permiso de residencia.

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¿Cuánto tarda en emitirse el arraigo?

El tiempo de emisión de la solicitud de arraigo, en caso de que sea aprobada, puede ser mayor o menor dependiendo de la provincia en la que lo hayas solicitado. El plazo estándar es de tres meses, aunque puede ser mucho menos.

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