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Canarias anuncia que no se requiere vacunación para viajar desde España y abre la puerta a pasajeros internacionales | El canario

Sin embargo, todavía no está claro si estas normas constituirán la base para permitir los viajes de vacaciones internacionales, especialmente desde “terceros países” extracomunitarios, sin presentar resultados negativos, como anunció el primer ministro español el viernes pasado.

Consejo de Gobierno de Canarias

La reunión semanal del Consejo de Gobierno de este jueves abordó la nueva normativa canaria para los viajeros que llegan a las islas con garantías sanitarias frente al COVID-19. La que será una nueva norma, publicada la semana que viene en el BOC, Boletín Oficial de Canarias, por orden del Ministerio de Sanidad, se hará constar que no exigirá que las personas presenten una prueba diagnóstica de infección activa (Pruebas de diagnóstico de infecciones activas o PDIA) Resultados de SARS-CoV-2 al entrar en Canarias desde el resto de territorios españoles, siempre que cuenten con documentación oficial que acredite haber recibido el calendario de vacunación completo frente a COVID-19 o al menos una dosis de vacuna superior a 15 días aprobada. antes de la fecha de viaje.

El principal objetivo de la medida legal es modificar las disposiciones vigentes desde el 10 de abril, que exigen un control de los viajeros mediante PDIAque entren en el territorio de Canarias desde la península u otros territorios españoles por vía aérea o marítima con el fin de contener la propagación de infecciones por SARS-CoV-2 y explicar diversas exclusiones de la normativa.

Este cambio significa que ya no es necesario proporcionar los resultados de las pruebas para la detección de COVID-19 ya que la evidencia sugiere que «desde la primera vacunación en adelante, la vacuna tiene efectos relevantes en la reducción de la posibilidad de infección por parte de la persona vacunada» al igual que la enfermedad se puede curar, «lo que permite liberar a estos grupos de la realización de controles diagnósticos».

Hablante canario Julio Pérez

Sobre esta base, todos los viajeros que hayan recibido al menos una dosis o se hayan recuperado de Covid-19 serán excluidos de presentar resultados de prueba negativos al ingresar a las Islas Canarias cuando se publique el pedido.

Curiosamente, deben incluirse en el pedido los pasajeros que pasen por un puerto o aeropuerto de Canarias, es decir, cualquier persona cuyo destino final sea otro país o ubicación de España, incluida cualquier persona que pueda demostrar que se encuentra fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias y que tenga permanecieron en las 72 horas anteriores a la llegada, independientemente de su lugar de residencia, también están exentos de presentar un resultado negativo, siempre que cumplan con los criterios mencionados.

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Personas que tengan un documento oficial que acredite haber recibido el calendario de vacunación completo en los ocho meses anteriores a su viaje o, en caso contrario, al menos una dosis de una aprobada por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) Vacuna contra COVID- 19 (en este segundo caso más de 15 días antes de la salida) dentro de los últimos cuatro meses o que acrediten mediante certificado médico oficial o documento público que han estado enfermos y recuperados en los últimos seis meses o menos, todos ellos son exentos de la necesidad de producir un resultado de prueba negativo.

En cuanto a los viajeros internacionales, Julio Pérez dijo que corresponde al gobierno central decidir, y señaló que el presidente Pedro Sánchez anunció el cambio de requisitos, que Canarias adoptará en un abrir y cerrar de ojos.

Pensamientos del editor: libere a los vacacionistas de los requisitos de pruebas costosas

Aunque esta legislación está dirigida principalmente a los viajes nacionales y al tránsito internacional y aún no se ha mencionado específicamente, nos referimos a La actualidad canaria, esta nueva ordenanza del Ministerio de Salud podría servir posteriormente como un marco clave para liberar a los viajeros internacionales del requisito de proporcionar los resultados de las pruebas al registrarse en las propiedades turísticas registradas. Este requisito permanece en vigor por el momento.

Una de las deficiencias legales que surgieron recientemente para las Islas Canarias se refiere a la legislación regional de turismo, que se publicó el 29 de octubre para mejorar nuestra capacidad de acogida de turistas. El Decreto Legislativo 17/2020 sobre Medidas Extraordinarias en Turismo para Hacer Frente al Impacto de la Crisis Sanitaria y Económica provocada por la Pandemia COVID-19 fue redactado por el Ejecutivo Regional el pasado otoño, ya que no está prevista la realización de pruebas a la llegada a los aeropuertos españoles. . La innovadora ley de turismo regional contenía un solo artículo que definía las condiciones de acceso a las instalaciones de alojamiento en las Islas Canarias durante la pandemia de COVID-19 y exigía a los veraneantes que se alojaban en alojamientos turísticos registrados presentar un resultado de prueba negativo al registrarse en su hotel, apartamento o casa de vacaciones.

Esto habría creado un marco excelente en el que no existía un marco, ni a nivel nacional ni dentro de la Unión Europea, a través del cual se pudiera retomar el turismo en Canarias si no se restringiera el tráfico aéreo de diferentes países de origen o posteriormente como tercera ola. de la pandemia se habría interrumpido por completo, se habría extendido por toda Europa y habría arruinado cualquier posibilidad de recibir turistas durante la temporada de vacaciones de invierno.

El primer ministro de España, Pedro Sánchez

Sin embargo, después de que España anunciara sus nuevas reglas de entrada a través de aeropuertos de terceros países fuera de la UE con su propia lista segura de países de origen que no requieren prueba de entrada, ha surgido una confusa discrepancia entre la legislación regional y nacional, lo que supondría actualmente que la mayoría de los turistas que llegan del Reino Unido, por ejemplo, todavía tienen que presentar un resultado de prueba negativo en la recepción de su hotel (o apartamento o apartamento de vacaciones) según la legislación regional vigente antes de que se les permita hacer el check-in, aunque ya no necesitarían uno para llegar a un aeropuerto español.

De ser así, Canarias se reajustará a la normativa de entrada territorial española. El único obstáculo que queda, especialmente para el principal mercado emisor de turismo de verano, sería que países como el Reino Unido cambiaran sus consejos de viaje con respecto a regiones como las Islas Canarias con algunas de las tasas de infección más bajas de toda Europa para permitir viajes sin restricciones sin una prueba. debe realizarse o ponerse en cuarentena a la devolución. Esto requeriría que el gobierno del Reino Unido agregara las Islas Canarias a su llamada Lista Verde de países que son seguros para visitar. Las islas se encuentran actualmente en la lista ámbar junto con el resto de España, que aún requerirá pruebas y cuarentena obligatoria al regresar al Reino Unido. Si bien hay rumores de que esto probablemente sucederá el 7 de junio, tampoco se ha anunciado oficialmente nada allí.

En este momento todo parece ir en la dirección correcta, con los protocolos que se están ajustando para facilitar los viajes dentro de España y Canarias, lo que con el tiempo debería ayudar a garantizar una reapertura completa, más temprano que tarde, un tráfico seguro entre Gran Bretaña y las Islas Canarias. en el futuro previsible, pero todavía no.

Mientras el marco esté elaborado y los datos epidemiológicos sigan siendo favorables, parece que las Islas Canarias tienen un gran verano por delante. Lost sabe que lo necesitamos.

Casos de exclusión

Los puntos 2 y 3 del apartado cuarto de la Orden de 10 de abril siguen en plena vigencia, por lo que en el momento de la entrada a Canarias no es necesario presentar PDIA negativo de personas que acrediten una reserva en un alojamiento turístico inscrito en Registro general de Turismo de la Comunidad Autónoma de Canarias sujeto a los efectos de la crisis sanitaria y económica provocada por la pandemia provocada por el COVID-19 al admitir en un establecimiento turístico de conformidad con el Decreto Legislativo 17/2020 de 29 de octubre de turismo excepcional. medidas para combatir la salud fue provocada.

El aislamiento de los pasajeros que no hayan completado su prueba de diagnóstico dentro de las 72 horas posteriores a la llegada se excusa si la urgencia del viaje lo impide, como en los siguientes casos:

a) Trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia en profesiones críticas, incluidos los trabajadores de la salud, con destino profesional.

b) Trabajadores o proveedores de servicios de transporte, incluidos los conductores de camiones, que mueven mercancías para su uso dentro del área.

c) Pacientes que viajan por razones médicas imperiosas.

d) Apoyo o atención por motivos imperiosos a personas mayores, menores, familiares, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

e) Representantes de la ciudadanía, diplomáticos, personal de organismos internacionales y las personas invitadas por ellos, cuya presencia física sea necesaria para el buen funcionamiento de estos organismos, militares y policías, trabajadores humanitarios y personal de protección civil en el desempeño de sus funciones. deberes.

f) Marinos que lleguen a bordo de un buque o en tránsito para embarque o desembarque en Canarias de su campaña.

g) La tripulación de buques y aeronaves que transporten pasajeros o mercancías entre Canarias y otras Comunidades Autónomas o países.

h) Periodistas en su desplazamiento profesional.

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